Juan Carlos Gómez Leyton
Para Alejandra,
la primavera al inicio de mi otoño.
Presentación:
Como he sostenido en otros trabajos y estudios la sociedad
chilena se ha constituido en la primera sociedad latinoamericana neoliberal
avanzada del continente. Su conformación se remonta a la restructuración
capitalista iniciada a mediados de los años setenta del siglo
pasado, luego del golpe de Estado de 1973. El derrocamiento del Gobierno
Constitucional de Salvador Allende (1970-1973), y la consiguiente destrucción
del régimen democrático por parte del capital nacional
en coalición con el internacional dio lugar a un proceso de cambio
y modificación completa e integral de las principales estructuras
políticas, sociales, económicas y culturales que la modernización
capitalista industrial sustitutiva había impulsado en Chile entre
1930-1973. Por esa razón, algunos analistas chilenos como internacionales
se refieren al proceso de reestructuración capitalista como una
verdadera “revolución capitalista” o la “gran
transformación”, buscando con esas objetivaciones resaltar
el profundo cambio histórico experimentado por la sociedad nacional.
Más allá de lo acertado teórica e histórico
de estas denominaciones, lo concreto es que de ese proceso emergió,
en estos últimos 30 años, un nuevo tipo de sociedad capitalista
dependiente, ultra moderna y hiper-mercantilizada: se trata de la sociedad
neoliberal avanzada.
Cuando señalamos que desde la reestructuración
capitalista emergió una nueva sociedad estamos señalando
que estamos en presencia de una nueva forma estatal, de una nueva forma
de acumulación capital, de nuevas estructuras de poder, sociales
y culturales lo que implica que se han constituido nuevos sujetos y
actores sociales y políticos. Se configuran nuevas y complejas
relaciones sociales, laborales, culturales, económicas. Con ellas
nuevas conflictividades sociales, políticas y económicas
se instalan al tiempo que las históricas son redefinidas u oscurecidas.
Así los viejos actores sociales y políticos tales como
las burguesías nacionales (industriales, financieras o mercantiles)
las capas medias, el movimiento obrero y de trabajadores, el campesino,
el poblador, el indígena, el popular, estudiantil u otros con
fuerte protagonismo político e histórico en la etapa anterior
a 1973 han cambiado radicalmente ya sea su manera de “estar”
en la sociedad neoliberal, sus formas de acción social, política
e histórica y, sobre todo, el modo de ver, pensar y concebir
culturalmente el mundo. Podríamos sostener que en la sociedad
chilena no sólo han cambiado las estructuras sino también
los sujetos históricos. La transformación ha sido integral.
Ahora bien, como suele ocurrir en todo proceso histórico
estas transformaciones no han sido homogéneas ni han operado
de la misma forma sobre todas las estructuras como en los sujetos que
conforman la sociedad chilena. Por ello, Chile es un país con
problemas no resueltos, uno de ellos es la “cuestión indígena”.
O sea, la relación entre el Estado Nacional con los pueblos originarios,
especialmente, con el pueblo mapuche.
En las últimas décadas del siglo XX la
cuestión indígena ha re-emergido con fuerza en las sociedades
latinoamericanas. Los pueblos originarios una vez más se han
puesto en movimiento, constituyéndose en los “nuevos actores
políticos” que encabezan la rebelión social popular
ya sea contra de las viejas dominaciones como de las nuevas. El pueblo
mapuche también se ha activado y a través de diversas
organizaciones sociales y políticas ha venido levantando sus
viejas y nuevas demandas al Estado Nacional chileno.
De la misma forma como el pueblo mapuche debió
confrontar las dos modernizaciones capitalistas anteriores la: oligárquica
y la nacional desarrollista, actualmente enfrenta y se relaciona de
distintas manera con la modernización neoliberal que penetra
sus territorios y comunidades. Por su parte, el Estado nacional, en
su forma neoliberal, bajo la administración dictatorial como
democrática ha desarrollado distintas políticas hacia
el pueblo mapuche.
Durante la fase dictatorial el Estado neoliberal introdujo
cambios importantes al interior de las comunidades mapuches que modificaron
sustantivamente sus estructuras culturales fundamentales como, por ejemplo,
introducir la propiedad privada de la tierra por sobre la comunitaria
destrozando con ello uno de los aspectos centrales de la identidad cultural
del pueblo mapuche. Pues tengamos presente que, mapuche, significa gente
de la tierra. La introducción de la concepción de la propiedad
privada de la tierra inicia un proceso de descomposición de la
relación colectiva y comunitaria con ella. La tierra, la propiedad
comunitaria y colectiva, adquiere una nueva condición y status:
la de ser un factor económico: se constituye en capital físico,
un mercancía, transable en el mercado. La instalación
de la propiedad privada va a posibilitar que los mapuches propietarios
individuales vendan sus propiedades a las grandes empresas capitalistas
nacionales o transnacionales que buscan explotar los recursos forestales
u otras que se encuentran en la región de la Araucanía,
o sea, en los territorios ancestrales del pueblo mapuche. La re-ocupación
territorial de la Araucanía agudiza los procesos de descomposición
cultural de los mapuches impulsando a emigrar hacia los centros urbanos
del país o acentuando los procesos de pauperización que
los afectan desde décadas.
Los gobiernos concertacionistas de origen democrático
que desde los años 90 se hacen cargo de la administración
del estado neoliberal impulsan nuevas políticas hacia los pueblos
originarios que inspiradas en las nuevas tendencias y postulados que
buscan construir una ciudadanía más inclusiva que parte
del reconocimiento de las diferencias y de las particularidades de los
pueblos indígenas que habitan el territorio nacional. Se desarrolla
la “política del nuevo trato” que implica una nueva
relación entre el Estado Nacional y los pueblos originarios.
Sin embargo, la ampliación y profundización de las características
esenciales de la sociedad capitalista neoliberal, por parte de estos
gobiernos, ha provocado la agudización del conflicto con determinados
sectores del pueblo mapuche que hoy resiste la ampliación y profundización
del capitalismo neoliberal en sus territorios.
Esta nueva fase de conflictividad entre el estado neoliberal
y el pueblo mapuche a diferencia del periodo anterior, 1973-1990, se
desarrolla en el marco de un régimen político democrático
que posee un conjunto de restricciones institucionales y políticas
que combinan las formas democráticas con la autoritarias, se
trata de la democracia protegida o de la democracia neoliberal.
Este tipo de régimen democrático constituye
una creación política-institucional del pensamiento autoritario-gremialista
que elaboro, forjo y sostuvo, el principal intelectual orgánico
de la derecha chilena, Jaime Guzmán E. Los planteamientos teóricos
y políticos constitucionales de este, fueron concretizados y
establecidos en la Constitución Política de 1980 por el
gobierno militar. Esta Constitución Política, a pesar
de los cambios y reformas introducidas por los gobiernos concertacionistas,
conserva la estructura central de lo armado y construido por el pensamiento
de Guzmán, que combino de manera armónica y equilibrada
las concepciones autoritarias de Carl Schmitt con los principales elementos
constitutivos de una poliarquía, elaborados por el politólogo
estadounidense Rober Dahl.
Este régimen político, ideado por Jaime
Guzmán constituye, sin lugar a dudas, uno de los principales
aportes del pensamiento autoritario a la teoría política
contemporánea del siglo XX no solo chileno sino latinoamericano.
Esta combinación ha permitido al estado neoliberal chileno contar
con un régimen político de carácter democrático
estable y consolidado durante dos décadas. El cual ha carecido
de crisis de gobernabilidad semejantes a las que han afectado a otros
países de la región. La principal cualidad de la gobernabilidad
democrática chilena ha sido la capacidad de absorber y tratar,
aunque no necesariamente solucionar o resolver, los distintos problemas
y conflictos sociales, políticos y económicos que se han
presentado y agitado en la sociedad chilena. Los gobiernos concertacionistas
han sido exitosos en ello. Ese es su merito político y una posible
explicación de su mantención y continuidad en el poder.
La estabilidad y gobernabilidad política, la
profundización y ampliación del capitalismo neoliberal,
la constitución de nueva ciudadanía: la neoliberal; la
configuración de una cultura informada y desarrollada por neoliberalismo,
en fin, la constitución de la sociedad neoliberal avanzada ha
provocado que en Chile actualmente hayan desaparecido las acciones sociales
colectivas que posibiliten o den origen a la formación, constitución
y desarrollo de movimientos sociales que sean portadores de una identidad
colectiva o de un proyecto histórico específico. Y, por
esas condiciones, y no por la ausencia de demandas sociales, políticas
ya sean particulares o sectoriales que pueden o no entrar en conflicto
o en confrontación con el Estado, la que permite que hoy el sistema
político chileno tenga una condición de gobernabilidad
profunda. La sociedad chilena vive hace 20 años de una “pax
neoliberal” que sorprende a los analistas sociales y políticos
que no logran explicarse cómo una de las sociedades con la mayor
desigualdad social del continente, con la mayor flexibilidad laboral
de la región, con la más profunda prescindencia del estado
en materia de protección social, etcétera posea uno de
los sistemas políticos más estables y gobernables de la
región. A pesar que hace 10 años atrás, en 1998,
fue detectado por el PNUD que las y los chilenos no eran felices y que
tenían un gran malestar con la modernidad neoliberal.
Tres explicaciones son posibles una las y los chilenos
son masoquistas, que les gusta sufrir y vivir estresados, enfermos,
castigados, idiotizados, enajenados en la estupidez de la entretención
mediática o del consumo; dos, son la mayor expresión de
una sociedad conformista que no se moviliza ni protesta ni se enoja
porque no quiere perder lo tiene que se hace fuerte en el patrimonio
de bienes o porque culturalmente es sumisa, inquilina, y no peonal.
Tres, que no sea ni masoquista ni conformista sino que ha aceptado libremente
ser neoliberal. O sea, una sociedad que prescinde de la política
y de la acción social para solucionar sus problemas y que sus
necesidades no requieren de las mediaciones políticas sino, fundamentalmente,
de un amplio y extenso mercado que provea de todos los bienes y servicios
que requiere para ser y estar cómodamente en la sociedad neoliberal.
Lo anterior no busca sostener que la protesta social
y política o el conflicto no este presente en la sociedad neoliberal.
Obviamente, que este existe y se ha manifestado en distintos momentos
durante estos últimos años. Así lo prueba la movilización
de los mineros del carbón en los noventa, de los pescadores artesanales,
de los trabajadores forestales, los subcontratistas de Codelco, de los
profesores, de los estudiantes secundarios y universitarios, en los
últimos meses, ellos son y han sido los principales actores de
la protesta política en Chile. Habría que considerar también
la acción de algunos grupos ambientalistas y de las denominadas
minorías sexuales. No obstante, estas acciones colectivas de
protesta social y política son insuficientes o han sido precarias
para generar crisis en el sistema político chileno pos-autoritario.
Ahora bien, la comprensión de la relación
entre mapuche, Estado y democracia, no solo remite al tema de las actuales
formas de resistencia y protesta del movimiento mapuche, sino que al
despojo de su territorio, su identidad y derechos como pueblo-nación.
La relación entre el pueblo mapuche y el Estado chileno ha pasado
por diversas etapas, algunas de ellas más complejas y tensas
que otras, pero la constante ha sido siempre la subyugación del
mapuche por parte del Estado chileno, ya sea a través de la legislación
general e indígena en particular o por medio de la violencia.
Es una relación de dominación y conflicto, de asimilación
y marginación, de resistencia y subsistencia al mismo tiempo.
Movimiento Social Mapuche
El pueblo mapuche como toda la sociedad popular chilena
sufrió de manera drástica y dramática para su existencia
como pueblo las consecuencias económicas, sociales, políticas
y culturales de la implementación del modelo de acumulación
capitalista neoliberal.
Como todos sabemos su implementación es la respuesta
del capital nacional e internacional a la osadía popular de querer
instalar democráticamente el socialismo en Chile. La osadía
popular democrática y socialista encabezada por el compañero
Presidente Salvador Allende y la Unidad Popular entre 1970 y 1973, tenía
un carácter revolucionario concreto y preciso, que desde la teoría
política revolucionaria socialista o marxista, supone poner fin
a las fuentes mismas de la desigualdad social, del conflicto de clases
y de la conformación del Estado: esto es la abolición
de la propiedad privada de los medios de producción. Los revolucionarios
socialistas chilenos de la década de los sesenta y comienzos
de los setenta tenían claridad, y Allende, la tenía; con
la mantención de las estructuras de propiedad privada capitalista
minera, industrial, financiera, agraria, etcétera era imposible
avanzar en la construcción de la emancipación social y
política de los “no propietarios”.
La distribución de la propiedad entre los “no
propietarios” y la instalación del derecho a la propiedad
constituyen dos de los procesos democratizadores más relevantes
e importantes del proceso político abierto en los años
sesenta en Chile y lo son, fundamentalmente, porque tienen la capacidad
de subvertir las estructuras de poder establecidas por los sectores
dominantes ya sea de corte tradicional: la oligarquía terrateniente
de origen colonial, a través del proceso de reforma agraria iniciado
en 1967 y profundizado por la Unidad Popular; la burguesía minera
transnacional, afectada por la nacionalización de la gran minería
y de los recursos naturales nacionales; la burguesía financiera,
bancaria, industrial y rentista, afectadas por el proceso de constitución
del Área Social de la propiedad. Entre 1967 y 1973 la estructura
de la propiedad y por ende, la principal fuente de poder de los sectores
dominantes nacionales y extranjeros, fue distribuida a los no propietarios
o controlada por el estado. Los sectores dominantes tuvieron que recurrir
a la violencia para defender su principal fuente poder por ello propiciaron
y apoyaron el golpe de Estado de 1973 de la fuerzas armadas. Su principal
objetivo fue restaurar el orden capitalista y reestablecer la propiedad
privada de los medios de producción. Para tal efecto, inicio
el proceso de devolución de la propiedad del área social
de producción a sus antiguos propietarios. La única propiedad
que se mantuvo en poder del Estado ha sido hasta ahora CODELCO. Todo
el resto de propiedad estatal fue privatizada, o sea, entregada al capital
nacional como internacional. De esa forma la dictadura militar restableció
la estructura de la propiedad privada, trasformándose esta en
la principal fuente de poder social, económico y político
de los actuales sectores dominantes nacionales.
Las clases populares, especialmente, los trabajadores
y, específicamente, los campesinos y los pueblos originarios,
fueron los sectores mayormente afectados por este proceso de reestructuración
capitalista.
El proceso de reforma agraria tuvo importantes implicancias
para el pueblo mapuche. La Ley Nº 16. 640 de 1967, posibilitaba
la expropiación de tierras que se encontraban mal explotadas,
abandonadas o que poseían más de 80 has. de riego básico.
En el caso de los mapuches, dicha ley fue completada por la Ley 17.729
de 1972 aprobada durante el gobierno de Allende. Esta ley, que por primera
vez se refiere al conjunto de pueblos indígenas del país,
intenta frenar el proceso divisorio de las tierras mapuches al disponer
que las comunidades solo podrían dividirse por mayoría
absoluta de comuneros o por razones técnicas; establece la posibilidad
de restituir tierras a los indígenas utilizando para el mecanismo
de la expropiación contemplado en la reforma agraria; y crea
el Instituto de Desarrollo Indígena a fin de promover el desarrollo
económico, social, cultural integral de los indígenas.
Entre 1965 y 1972 se expropian en las provincias de
Arauco, Malleco y Cautín, en el territorio mapuche, un total
de 584 predios con un total de 710.816 has. Aunque no todos estos predios
fueron expropiados a favor de comunidades mapuche, sino que también
de inquilinos y trabajadores forestales no indígenas, la presión
ejercida por el movimiento indígena - así como por sectores
políticos que los apoyaban - a través de la ocupación
de predios colindantes a comunidades mapuche, resultó en la expropiación,
y posterior traspaso material a indígenas de gran cantidad de
predios sobre los cuales estas tenían reivindicaciones históricas.
En contraste con las 1.443 has. que a través de las leyes indígenas
serían reconocidas a los mapuche a lo largo de la década
de los sesenta, durante 1971 y 1972 habrían sido traspasados
a mapuche a través de la reforma agraria un total de 70.000 has.
Las tierras expropiadas fueron asignadas a mapuche,
siendo luego incorporadas como unidades de producción del sector
reformado. Tales unidades incluían asentamientos de reforma agraria
y cooperativas campesinas constituidas de acuerdo a la ley de 1967,
así como Centros de Reforma Agraria promovidos por la administración
de Allende. El estado, a través de Corporación de Reforma
Agraria (CORA), apoyó la tecnificación y el desarrollo
productivo de las tierras restituidas, a través de programas
de cultivos tradicionales, ganadería y leche, así como
forestación con pino radiata de tierras erosionadas y de aptitud
forestal, constituyendo estas últimas un porcentaje importante
de las tierras expropiadas.
Los esfuerzos realizados durante la administración
de Allende por posibilitar la recuperación de tierras de los
mapuche vía reforma agraria, respondiendo así a sus reclamos
históricos han sido destacados por distintos analistas. La cantidad
de tierra que les fuera entregada en un lapso tan breve de tiempo fue
significativa. El apoyo otorgado al desarrollo de las comunidades en
las tierras recuperadas también fue importante. Sin embargo,
al analizar este periodo con la perspectiva que da el tiempo, queda
claro que las acciones impulsadas por las autoridades de la época
en este corto período intentaron incorporar a los mapuche a un
proyecto político - en este caso socialista - basado en un análisis
de clase y no en uno de tipo étnico-cultural. Tal como algunos
analistas que apoyaron el proceso de la reforma agraria han reconocido,
los mapuche mostraron su rechazo a las formas colectivas o cooperativas
de tenencia de la tierra que fueron promovidas por el gobierno a través
de dicho proceso. La voluntad de los mapuche no siempre fue respetada
cuando se tomaba decisiones sobre estas importantes materias. Consecuentemente,
las políticas que el gobierno de Allende aplicó a los
mapuche -de un carácter marcadamente campesinista y no indigenista
- siguieron subordinadas a proyectos que no eran definidos por ellos,
tal como había ocurrido a lo largo de la historia republicana.
Otro problema de la reforma agraria impulsada bajo
el gobierno de Allende estuvo relacionado con la demora en la titulación
a campesinos e indígenas de las tierras expropiadas. Dado que
a la fecha del golpe de estado que llevo a la instauración del
régimen militar encabezado por Pinochet (1973-1990) gran parte
de las tierras expropiadas en ese período no habían sido
tituladas a nombre de los beneficiarios de la reforma agraria, ellas
serían privatizadas mediante un proceso de regularización
de la propiedad, también conocido como “contra reforma
agraria”. Este proceso consistió en la parcelación
de tierras, las que eran entregadas a campesinos, la devolución
parcial o total de los predios expropiados a sus antiguos propietarios
o la revocación de la expropiación, o el remate de tierras
de aptitud forestal. En el caso de estos últimos predios, la
Corporación de Reforma Agraria mantuvo en su poder 415.053 has.
en las provincias de Arauco Malleco y Cautín. Dichas tierras
serían más tarde traspasadas a la Corporación Nacional
Forestal, CONAF, la que habría rematado gran parte de ellas a
empresas forestales a precios ínfimos. Esta situación
explica, en parte importante, como veremos más adelante, los
conflictos que actualmente tienen las comunidades mapuche con las empresas
forestales presentes en su territorio ancestral.
LEY No 19.253 de 1993.
Durante la segunda mitad de la década de los
ochenta, en forma coincidente con el ocaso del régimen militar,
los mapuche – junto a otros pueblos indígenas de Chile
- levantaron un conjunto de demandas a objeto de proteger sus derechos
amenazados, en particular el derecho a la tierra, y de establecer una
nueva relación con el estado. Entre los ejes centrales de esta
demanda destaca el reconocimiento de la diversidad étnica y cultural
hasta entonces negada en el país, la participación de
sus representantes en la conducción de la política indígena
del estado, la protección legal de sus tierras y aguas, el otorgamiento
de tierras fiscales o de tierras particulares adquiridas por el estado
a objeto de poner fin al proceso histórico de jibarización
de sus comunidades y permitir la ampliación de sus tierras, y
el apoyo al desarrollo económico y cultural de sus pueblos y
comunidades (CEPI, 1991).
Luego del término del régimen militar
de Pinochet, la Comisión Especial de Pueblos Indígenas
(CEPI) entonces creada (1990) elaboró un anteproyecto de reforma
legal y constitucional sobre la materia. En base a las propuestas de
CEPI, el ejecutivo envió tres iniciativas al Congreso Nacional
en 1991 para su estudio; un proyecto de ley y otro de reforma constitucional
relativos a los pueblos indígenas, y un proyecto para la ratificación
del Convenio No. 169 de la Organización Internacional del Trabajo.
Parte importante de las demandas indígenas antes reseñadas
estaban contenidas en dichas propuestas legislativas. Como es sabido,
tales iniciativas no encontraron en los partidos de oposición
representados en el Congreso Nacional la acogida que las organizaciones
indígenas esperaban. El proyecto de ley indígena fue aprobado
en el parlamento en 1993 (Ley No 19.253 de octubre de 1993 sobre Protección,
Fomento y Desarrollo de los Indígenas) con importantes modificaciones
que debilitaron sus contenidos.
Los proyectos destinados a dar reconocimiento constitucional
a los pueblos indígenas, así como a la ratificación
del Convenio No. 169 de la Organización Internacional del Trabajo
(1989) relativo a los derechos de estos pueblos, tampoco encontraron
acogida en el parlamento, y siguen sin ser aprobados hasta la fecha.
La aprobación del proyecto de reforma constitucional, aunque
de carácter simbólico, habría permitido reafirmar
el carácter plurietnico y multicultural de la sociedad chilena
por largo tiempo negado. La ratificación del Convenio 169, habría
permitido el fortalecimiento de los derechos participatorios y territoriales
de los pueblos indígenas en el contexto del proceso de expansión
de la inversión hacia las áreas indígenas verificado
en Chile en la última década.
Entre los elementos centrales de la ley indígena
aprobada en 1993 cabe destacar el reconocimiento de los indígenas,
de sus distintas etnias y comunidades, así como del deber de
la sociedad y del estado de respetar, proteger y promover el desarrollo
de los indígenas y sus culturas, y proteger sus tierras, adoptando
medidas para tal efecto (art. 1); el reconocimiento de sus tierras ancestrales,
su protección jurídica y el establecimiento de un fondo
especial - el fondo de tierras y aguas - para proveer su ampliación
(arts. 12 a 22); la creación de un fondo de desarrollo indígena
destinado a financiar programas orientados al desarrollo de los indígenas
y de sus comunidades (arts. 23 a 25); el establecimiento de las "áreas
de desarrollo indígena" como espacios territoriales para
la focalización de la acción pública a favor del
"desarrollo armónico" de los indígenas y de
sus comunidades (arts. 26-27); el reconocimiento, respeto y protección
de las culturas e idiomas indígenas y la promoción de
programas de educación intercultural bilingüe en áreas
indígenas (arts. 28-33); la promoción de la participación
indígena a través del derecho reconocido a sus organizaciones
a ser escuchados y considerados en su opinión al tratarse materias
que les atañen (art. 34) y al contemplarse la participación
de representantes electos por sus comunidades y asociaciones en el Consejo
Nacional de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena
(CONADI), órgano encargado de la conducción de la política
indígena del estado (art. 38 a 42); el reconocimiento de la costumbre
indígena hecha valer en juicio entre indígenas, siempre
que no sea incompatible con la Constitución Política,
así como de un procedimiento especial en los juicios sobre tierras
en que se encuentre involucrado un indígena, contemplándose
la conciliación como mecanismo de resolución de conflictos
de tierras (arts. 54- 57).
En materia de tierras, la ley intenta poner termino
al proceso divisorio de las comunidades reduccionales mapuche impulsado
a contar de la década de 1920 con graves consecuencias - desposeimiento,
migración, pobreza - para quienes las integraban. Pretende además
posibilitar el reconocimiento de los derechos que los indígenas
tienen sobre las tierras que históricamente han ocupado y poseen,
así como a establecer su protección, impidiendo que estas
sean enajenadas y traspasadas a no indígenas como había
ocurrido en el pasado. Finalmente, abre posibilidades para la ampliación
de las tierras de los indígenas, las que como antes señaláramos
eran claramente insuficientes para garantizar la subsistencia cultural
y material de las comunidades, abriéndose a modalidades de mercado
(adquisición de predios vía subsidio o en casos de conflicto)
y al traspaso de tierras fiscales para estos efectos.
LA EVOLUCION DE LA DEMANDA MAPUCHE: DE TIERRA A TERRITORIO.
Contenidos de la demanda mapuche.
Uno de los fenómenos perceptibles en la última
década en el sur del país ha sido la evolución
experimentada tanto en las características del movimiento mapuche
como en los contenidos de su demanda. En el primer ámbito, las
organizaciones mapuche de carácter nacional que habían
jugado un rol central en la defensa de los intereses de su pueblo bajo
el régimen militar, como Ad Mapu, los Centros Culturales Mapuche
y otras nacidas en el contexto de la recuperación democrática
(Nehuen Mapu, Lautaro Ñi Ayllarewe, Calfulican, etc.), van siendo
gradualmente reemplazadas por organizaciones de carácter territorial,
tales como Identidad Lafkenche en Arauco, la Coordinadora Arauco Malleco,
la Asociación Ñankucheo de Lumaco, la Asociación
Comunal Pewenche de Lonquimay, la Asociación Poyenhue de Villarrica,
entre otras, que emergen en la última década. A diferencia
de las anteriores, cuyos vínculos con partidos políticos
o instituciones de la sociedad chilena eran fuertes, estas últimas
organizaciones se articulan sobre una base territorial y se definen
como independientes del estado y las instituciones de la sociedad chilena.
En forma coincidente con la forma de organización territorial
emergente. En el segundo plano, de una demanda que en los ochenta estuvo
centrada fundamentalmente en la participación en el estado y
en la protección y ampliación de la tierra mapuche, se
ha avanzado hacia fines de los noventa hacia una demanda orientada al
reconocimiento de la territorialidad mapuche hasta hoy negada en el
país. Junto a la demanda por territorio, emerge otra demanda
estrechamente relacionada, que dice relación con el derecho a
un desarrollo político, económico y cultural autónomo
al interior de dichos territorios. Ello no resulta casual, sino es consecuencia
de la naturaleza de las demandas territoriales de los pueblos indígenas,
las que además de tener componentes materiales como la tierra
y los recursos naturales, tienen también componentes inmateriales
de carácter político y simbólico. Tal como señala
la Relatora Especial de Naciones Unidas Erica-Irene Daes en su estudio
sobre el derecho a la tierra:
Uno de los aspectos importantes de la afirmación
de los derechos indígenas a la tierra es permitir que éstos
controlen sus tierras, territorios y recursos mediante sus propias instituciones.
Aunque se afirmen los derechos a la tierra, los territorios o los recursos,
a menudo no se da a los indígenas la posibilidad de ejercer la
libre determinación interna en forma de control y de adopción
de decisiones en el ámbito del desarrollo, el uso de los recursos
y las medidas de gestión y conservación. (Erica-Irena
Daes, 1999).
En un intento por aclarar los contenidos de la demanda
de los pueblos indígenas por territorialidad, Zuñiga sostiene
que esta contiene dos dimensiones:
La primera dimensión - el espacio - se expresa
en la demanda por el uso, goce y manejo de los recursos naturales. La
segunda dimensión se expresa, por una parte, en el reclamo por
el control sobre los procesos de orden político, económico,
social y cultural gracias a los cuales se asegura la reproducción
y continuidad material y cultural del grupo en cuestión, y de
otra parte, en el reclamo de que tales procesos estén regidos
y se lleven a cabo según la normatividad propia de los pueblos
indígenas (Zuñiga, 1998).
La nueva orientación de las demandas mapuche
se manifiesta ya en las resoluciones del Congreso Nacional del Pueblo
Mapuche celebrado en 1997 con participación de las organizaciones
territoriales emergentes. Dicho Congreso incorporó el concepto
de territorialidad indígena hasta entonces ausente, exigiendo
su reconocimiento y protección. En materia de desarrollo, propone
que las ADI se constituyan en espacios de autogestión y de participación
indígena, y de protección del territorio frente a proyectos
que perjudican el medio ambiente. El mismo Congreso propuso la autonomía
como "eje de articulación del nuevo diálogo que impulsa
el pueblo mapuche en su relación con el Estado y la sociedad
chilena..."
En una perspectiva similar el Consejo de Todas las
Tierras exige del estado “...el derecho a la restitución
de tierras y territorios, uso y aprovechamiento de los recursos naturales
del suelo y subsuelo....”, derecho que deben quedar incluidos
en una reforma a la Constitución. Reconociendo los distintos
componentes de la demanda territorial, fundamenta el derecho al territorio
y los recursos del suelo y subsuelo en dos principios: “uno de
orden cultural y el otro desde un principio que sustenta las actividades
inherentes a los Pueblos Indígenas en el marco del desarrollo
e implementación de su estrategia, en un proceso gradual de la
autodeterminación.”
En la misma línea, la organización Identidad
Mapuche Lafkenche de Arauco en su propuesta de 1999 propone, en base
a los conceptos de "Pueblo, Nación originaria, control territorial,
desarrollo endógeno, autonomía y libre-determinación",
la creación de los "Espacios Territoriales de Patrimonio
Lafkenche." Estos últimos son entendidos como áreas
de "protección y conservación de los espacios naturales
y culturales" que las comunidades aún poseen en las distintas
comunas de la provincia, e incluyen tanto las tierras, como "sus
recursos suelo y subsuelo y espacios naturales, de la misma manera que
los espacios ribereños y costa que poseemos..." La misma
entidad propone que estos espacios sean administrados por una Asamblea
Territorial, la que estará integrada por un conjunto de consejeros
territoriales y presidida por un Coordinador Territorial electo por
sufragio universal por todas las comunidades de la provincia. Finalmente
propone el reconocimiento de dicha institucionalidad, y de su Coordinador,
como autoridad política con derecho a voz y voto en las instancias
de participación en el poder comunal, provincial, regional y
nacional. Se trata posiblemente de la propuesta más acabada hasta
ahora formulada por los mapuche para hacer operativo el derecho a la
territorialidad y a la autonomía que reclaman.
En un comunicado público emitido en 1999 la
Coordinadora Arauco-Malleco explica el sentido de su estrategia de recuperación
territorial al sostener;
Señalamos que el único logro político
real y a largo plazo es el reconocimiento de la existencia de la NACION
MAPUCHE y la devolución de espacios territoriales necesarios
para el desarrollo de nuestro pueblo...(Nuestra) estrategia tiene como
eje central la recuperación de predios que hoy día se
encuentran en disputa principalmente con empresas forestales y que son
considerados por nuestras comunidades como espacios sagrados para la
sobre vivencia y la reproducción de nuestra cultura (comunicado
Público, Coordinadora Mapuche de Comunidades en Conflicto Arauco
-Malleco, Junio de 1999).
La Asociación Ñankucheo de Lumaco, finalmente,
ha desarrollado no tan solo una demanda, sino también una práctica
de fortalecimiento territorial que incluye dimensiones económicas,
políticas y culturales. La importancia del territorio no solo
como espacio físico sino también como espacio político
es resaltada por Alfonso Reiman, su presidente, al señalar: “Si
decimos que somos un Pueblo o Nación, pienso que todo pueblo
debe conservar su territorio, y hoy lo que tenemos son porciones de
tierra, pero no control de un espacio territorial.”. La dimensión
dimensión económica del territorio, así como la
necesidad de que los mapuche logren una autonomía en este plano
en sus respectivos territorios es uno de los énfasis de Ñankucheo
.
Esta evolución del movimiento y la demanda mapuche
en el último decenio explica el distanciamiento que hoy existe
entre las organizaciones mapuche emergentes y el estado, en particular
con CONADI. El carácter mixto o bipartito de esta entidad - con
representación de gobierno y de indígenas - que parecía
tener cierta lógica al momento del debate de la ley indígena,
no se compatibiliza con las demandas autonómicas hoy dominantes
al interior del movimiento mapuche. Esta evolución explica también
el por qué de la resistencia mapuche a la expansión de
la inversión hacia sus espacios ancestrales, expansión
que además de provocar los impactos sociales y ambientales antes
señalados, es visualizada como una amenaza a la reconstrucción
territorial en la que están empeñadas muchas de sus organizaciones.
Factores que explican esta evolución.
Dos hechos explican esta evolución. El primero
de ellos dice relación con la incapacidad de la normativa vigente
(Ley No 19.253 de 1993) y de la política pública impulsada
a la fecha para dar protección a los derechos que los mapuche
reivindican, en el contexto económico vigente. En efecto, la
tierra por si sola, sino va acompañada de derechos sobre los
recursos naturales, así como de derechos que aseguren grados
mayores de participación y/o control indígena de los procesos
económicos sociales y culturales que en ellas se verifican, no
asegura hoy las posibilidades del desarrollo material y cultural que
los mapuche legítimamente reclaman para si. Ello en especial
teniendo en cuenta la crisis de la economía campesina mapuche
existente en la actualidad en el marco de las transformaciones agrícolas
experimentadas con la apertura de los mercados, y de los impactos que
sobre las tierras y recursos naturales indígenas están
teniendo los proyectos de inversión a los que anteriormente nos
referíamos.
El segundo de ellos es el conocimiento, que gracias
a los procesos de conexión global, han adquirido los mapuche
y otros pueblos indígenas de Chile de los procesos que hoy ocurren
a nivel internacional y comparado, donde crecientemente se reconocen
y protegen los derechos territoriales de los indígenas, así
como los derechos de participación, autonomía o cogestión
inherentes a ellos. Nos detendremos, por su importancia, en el análisis
de este segundo factor.
Reconocimiento de derechos indígenas en el ámbito
internacional.
De gran relevancia ha sido para los pueblos indígenas
de Chile y del mundo la aprobación del Convenio 169 de la Organización
Internacional del Trabajo (1989). Dicho Convenio, que ha sido ratificado
ya por 12 estados, 10 en América Latina, agrega al concepto de
tierras indígenas el de territorios, concepto que cubre "la
totalidad del hábitat de las regiones que los pueblos indígenas
ocupan o utilizan de alguna otra manera." (art.13.2). El mismo
Convenio dispone que deberá reconocerse el derecho de estos pueblos
a la “propiedad y posesión sobre las tierras que tradicionalmente
ocupan” y tomarse medidas para “salvaguardar el derecho
de los pueblos interesados a utilizar tierras que no estén exclusivamente
ocupadas por ellos, pero a las que hayan tenido tradicionalmente acceso
para sus actividades tradicionales y de subsistencia.” (art.14.1).
Agrega además, que los gobiernos deberán tomar medidas
“para determinar las tierras que los pueblos interesados ocupan
tradicionalmente y garantizar la protección efectiva de sus derechos
de propiedad y posesión” (art.14.2) e instituir “procedimientos
adecuados en el marco del sistema jurídico nacional para solucionar
las reivindicaciones de tierras…” (art. 14. 3).
El Convenio contiene además un conjunto de disposiciones
que se refieren tanto a los derechos sobre la tierra como sobre los
territorios indígenas. Entre ellas destaca la que establece que
deberán protegerse especialmente los derechos de los pueblos
indígenas “a los recursos naturales existentes en sus tierras”,
derechos que comprenden “participar en la utilización,
administración y conservación de dichos recursos.”
(art. 15.1). En caso que pertenezca al Estado la propiedad de los minerales
o de los recursos del subsuelo, los gobiernos deberán “establecer
o mantener procedimientos con miras a consultar a los pueblos interesados
a fin de determinar si los intereses de esos pueblos serían perjudicados,
y en que medida, antes de emprender o autorizar cualquier programa de
prospección o explotación de los recursos existentes en
sus tierras.” Los mismos pueblos “deberán participar
siempre que sea posible en los beneficios que reporten tales actividades,
y percibir indemnización equitativa por cualquier daño
que puedan sufrir como resultado de esas actividades.” (art. 15.2)
Igualmente aplicables a las tierras y territorios indígenas
son las disposiciones relativas al traslado. Como principio general
el Convenio establece que estos pueblos “no deberán ser
trasladados de las tierras que ocupan.” (art.16.1) Excepcionalmente,
cuando el traslado se considere necesario, “solo podrán
efectuarse con su consentimiento, dado libremente y con pleno conocimiento
de causa.” Cuando no haya consentimiento, “el traslado y
la reubicación solo deberá tener lugar al termino de procedimientos
adecuados establecidos por la legislación… en que los pueblos
interesados tengan la posibilidad de estar efectivamente representados.”
(art. 16. 2)
Aún cuando no han sido aprobados por las instancias
en que se discuten, cabe destacar la importancia que han tenido en el
debate y difusión de los derechos indígenas, en especial
en materia de tierra, territorio y autonomía, los proyectos de
declaración de derechos de los pueblos indígenas que están
siendo elaborados en el ámbito de la ONU y la OEA. Así
el Proyecto de Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos
de las Poblaciones Indígenas reconoce a los pueblos indígenas
el derecho a “mantener y fortalecer su propia relación
espiritual y material con sus tierras, territorios, aguas, mares costeros
y otros recursos que tradicionalmente han poseído u ocupado o
utilizado de otra forma...” (art. 25). Reconoce además
el derecho que estos tienen a “poseer, desarrollar, controlar
y utilizar sus tierras y territorios, comprendido el medio ambiente
total de las tierras, las aguas, la flora y la fauna y los demás
recursos que tradicionalmente han poseído u ocupado o utilizado
de otra forma. Ello incluye el derecho al pleno reconocimiento de sus
leyes, tradiciones y costumbres, sistemas de tenencia de la tierra e
instituciones para el desarrollo y la gestión de los recursos,
y el derecho a que los Estados adopten medidas eficaces para prevenir
toda injerencia, usurpación, o invasión en relación
con estos derechos.” (art. 26)
El Proyecto de Declaración Americana sobre los Derechos de los
Pueblos Indígenas , no difiere en sus lineamientos centrales
sobre la materia del de la ONU. Es así como dispone que estos
pueblos tienen derecho “al reconocimiento de su propiedad y de
los derechos de dominio con respecto a las tierras, territorios y recursos
que han ocupado históricamente, así como al uso de aquellos
a los cuales hayan tenido igualmente acceso para realizar sus actividades
tradicionales y de sustento.” (art. XVIII. 2). Cuando los derechos
de propiedad y uso de estos pueblos “surgen de derechos preexistentes
a la existencia de los Estados, estos deberán reconocer dichos
títulos como permanentes, inalienables, imprescriptibles e inembargables.”
(art. XVIII. 3). El mismo proyecto agrega que los pueblos indígenas
tienen derecho a “un marco legal efectivo de protección
de sus derechos sobre recursos naturales en sus tierras, inclusive su
capacidad para usar, administrar, y conservar dichos recursos”,
así como a la protección de sus usos tradicionales de
sus tierras (art. XVIII. 4). Finalmente dispone que tienen “derecho
a la restitución de las tierras, territorios y recursos de los
que han tradicionalmente sido propietarios, ocupado o usado, y que hayan
sido confiscados, ocupados, usados o dañados; o de no ser posible
la restitución, al derecho de indemnización..." (art.
XVIII. 7).
En estrecha relación con la temática
de la territorialidad indígena, las dos propuestas de declaración
en discusión abordan además el tema del derecho de los
pueblos indígenas a la libre determinación y a la autonomía,
esta última, como expresión o manifestación concreta
del primer derecho. Así disponen que los pueblos indígenas
tienen derecho a la libre determinación de su condición
o status político y de su desarrollo económico social
y cultural (art. 3 PDNU y art. XV. 1 del PDOEA). Dichos proyectos reconocen
además como forma concreta de ejercer la libre determinación
el derecho de los pueblos indígenas a la autonomía o al
autogobierno en cuestiones relacionadas con sus asuntos internos y locales,
en particular la cultura, la religión, la educación, la
información, los medios de comunicación, la salud, la
vivienda, el empleo, el bienestar social, las actividades económicas,
la gestión de las tierras y recursos, el medio ambiente, el acceso
a personas que no son miembros a su territorio, los medios de financiar
estas funciones autónomas (art. 31 PDNU y XV.1 PDOEA).
4. LOS DESAFIOS ACTUALES.
Las posturas y estrategias de los actores involucrados.
Al momento de concluir este análisis se hace
más profunda la crisis de relación entre el movimiento
mapuche, el estado y los actores económicos no indígenas
al sur del Bío Bío. El primero ha centrado su acción
en la defensa de sus tierras hoy amenazadas, tales como las tierras
pehuenche del Alto Bío Bío en la que se esta construyendo
la central Ralco o las tierras nagche y lafkenche afectadas por las
plantaciones de bosques exóticos a manos de empresas forestales.
Junto a dichas acciones, el movimiento mapuche ha puesto énfasis
en la recuperación de tierras que reclaman les pertenecen y consideran
les han sido usurpadas. Es así como en forma regular comunidades
mapuche, con el apoyo de las organizaciones territoriales hoy emergentes,
desarrollan acciones de ocupación de las tierras que reivindican
a lo largo de todo su territorio ancestral. Dichas acciones, además
de llamar la atención de la opinión pública sobre
su situación de carencia o insuficiencia de tierra, tienen como
objetivo central comprometer la intervención del estado, de modo
de que este - a través del Fondo de Tierras Indígenas
de CONADI u otra instancia pública – adquiera las tierras
que reclaman y luego les traspase su propiedad. Es importante señalar
además, que muchas de estas acciones han sido duramente reprimidas
por Carabineros y efectivos de seguridad pública, así
como por guardias privados, siendo los participantes en ellos así
como sus lideres detenidos y procesados a requerimiento de las autoridades,
razón por la cual Chile ha sido objeto de numerosas denuncias
internacionales por la violación de los derechos indígenas.
El estado por su parte, ha carecido de una política
definida en esta materia. Por una parte, las autoridades han dado apoyo
a la expansión de la inversión privada en áreas
indígenas, aun en contradicción con el mandato legislativo
de dar protección a las tierras indígenas. Por otro, las
instancias encargadas de la política indígena han actuado
fundamentalmente en respuesta a las acciones de recuperación
de tierras llevadas a cabo por los mapuche. En efecto, aunque inicialmente
el Consejo Nacional de CONADI había acordado que no se comprarían
predios que hubiesen sido ocupados, como una forma de evitar la presión
en la adopción de decisiones en relación a ellos, en los
últimos años dicha decisión no ha sido respetada.
Por el contrario, la ocupación de los predios demandados se ha
convertido, en la practica, en un requisito fundamental para su adquisición
por parte de CONADI. En forma paralela a la acción de CONADI,
MIDEPLAN, también intentando responder a acciones de movilización
mapuche para la recuperación de sus tierras, ha suscrito en forma
directa con organizaciones mapuche compromisos para la adquisición
de tierras a favor de comunidades en áreas de conflicto, compromisos
cuya materialización se encuentra en gran medida pendiente. Una
de las consecuencias más evidentes de la política pública
en esta materia, ha sido la generación de expectativas en el
mundo mapuche que el estado no podrá, en un plazo razonable,
cumplir. En efecto, el ex Director Nacional de CONADI, Edgardo Lienlaf,
reconoció que en la actualidad hay 124 solicitudes de compra
o regularización de tierras por un total aproximado de 170.000
has hechas a esta entidad. Se trata de una cantidad de tierras que difícilmente
el estado podrá disponer para los mapuche, tomando en cuenta
los precios que cobran por ellas sus actuales propietarios, los precarios
recursos asignados para estos efectos a CONADI, así como el agotamiento
de tierras fiscales en las áreas de conflicto. Más recientemente
el Presidente Lagos ha hecho un llamando al dialogo, advirtiendo que
debe respetarse el estado de derecho y que su gobierno actuará
con dureza frente a hechos de violencia en que estén involucrados
mapuche. Además, ha anunciado una serie de medidas que incluyen
el nombramiento de un nuevo Director Nacional de la CONADI, el nombramiento
de un coordinador ejecutivo de políticas y programas indígenas
, la reposición de la reforma constitucional sobre la materia,
la destinación de 130 millones de dólares para desarrollo
indígena - medida ya anunciada meses atrás- y la redefinición
de los criterios del Fondo de Tierras Indígenas excluyendo a
aquellos que ocupen predios como beneficiarios de dicho programa.
Los sectores no indígenas (empresarios agrícolas
y forestales y sus aliados políticos) hoy en conflicto con el
movimiento mapuche, por su parte, amparados en los derechos propietarios
que han adquirido sobre tierras, aguas y bosques en base a la legislación
estatal antes referida, han iniciado una ofensiva publicitaria tendiente
a criminalizar la acción de las organizaciones mapuche en reclamo
de sus tierras y recursos. Para la Sociedad Nacional de Agricultura
las acciones de los mapuche son de carácter terrorista y ponen
en peligro el estado de derecho, la propiedad privada y la inversión.
A diferencia de otros agricultores más “duros” que
han decidido hacer justicia por si mismos formando para tales efectos
un grupo paramilitar que lleva el nombre de Hernan Trizano, la SNA reconoce
que ellos no son los encargados de velar por el orden publico, exigiendo
por tanto la intervención del estado. El Instituto Libertad y
Desarrollo, además de criticar la política de gobierno,
la que favorecería las tomas ilegales de tierra y la corrupción,
plantea que la solución a este problema consecuencia de la pobreza
mapuche, pasa por asegurar el respeto a la propiedad privada y un ambiente
propicio para la inversión y el desarrollo. Similar es la postura
de los representantes de las empresas forestales, así como de
ENDESA, los que han hecho valer todo su poder político y publicitario
para denunciar la acción “terrorista” de los mapuche
y cuestionar la debilidad del accionar del gobierno frente a ella.
Los desafios.
Sin desmerecer la legitimidad de la demanda mapuche
por tierra, la que encuentran su fundamento último en la propia
acción del estado que, con la ocupación militar de la
Araucanía, arrebató gran parte de sus tierras ancestrales,
y que mas tarde con su legislación, legitimó la usurpación
de las mismas por parte de no indígenas, cabe reflexionar en
torno a estrategia hasta hoy desarrollada por el movimiento mapuche
a la luz de las demandas territoriales y autonómicas que hoy
prevalecen en el.
En primer lugar, no existe un planteamiento claro en
el movimiento mapuche sobre cuales son las tierras que reclaman para
su pueblo. Los planteamientos existentes sobre la materia son diversos;
para algunos la demanda se centra en las llamadas tierras en conflicto
( Congreso Nacional Mapuche, 1997) o en disputa (Coordinadora Arauco
Malleco, 1999), sin especificar claramente cuales son ellas ; para otros
se centra en la restitución de “...las tierras que nos
han usurpado a causa de leyes y políticas del Estado, tanto aquellas
declaradas fiscales, como las que han sido tomadas por particulares
y más recientemente por empresas forestales trasnacionales y
nacionales...” (Aukiñ Wallmapu Ngulam, 1997). Más
recientemente, el abogado mapuche José Lincoqueo ha esgrimido
ante los tribunales los parlamentos celebrados por los mapuche como
fundamento para la restitución de cualquier tierra ubicada al
sur del Bío Bío. La falta de precisión en la definición
de las tierras reivindicadas por los mapuche contrasta con los avances
logrados en esta materia en otros contextos, tanto en América
Latina (Bolivia, Brasil, Colombia, entre otros) como en Norteamérica
(Canadá y México) donde los pueblos indígenas han
desarrollado importantes trabajos histórico-culturales y cartográficos,
basados en conocimientos tradicionales y/o en antecedentes jurídicos,
destinados a identificar las tierras y territorios que reclaman para
si, sean estos basados en ocupación ancestral, títulos
coloniales o estatales, o en su importancia cultural o económica.
Más allá de la indudable justicia de
las reivindicaciones de tierra mapuche, la definición de las
tierras a restituir por parte del movimiento resulta crucial. Ello por
razones políticas, por cuanto si tales tierras no están
hoy en poder de los mapuche, se requiere negociar su restitución
con otros actores (estado, particulares, empresas), para lo cual la
certeza de lo reivindicado parece un paso esencial. Ello además
por el carácter del poblamiento actual del espacio territorial
en que hoy viven los mapuche, el que, a diferencia de otros espacios
territoriales hoy reivindicados por los pueblos indígenas, tales
como la Amazonía en América del Sur o el Ártico
en América del Norte, donde los pueblos indígenas constituyen
el porcentaje mayoritario de la población, constituye un espacio
compartido, en que los mapuche son una minoría demográfica
en comparación con otros sectores de la población. Y en
un espacio de estas características, sería iluso suponer
que los mapuche podrían recuperar la propiedad total de su territorio
ancestral. Ello resultaría complejo, no solo desde el punto de
vista político y económico, sino incluso podría
ser cuestionable desde el punto de vista de los derechos de la población
campesina no indígena, también pobre, que se ha asentado
en áreas rurales en virtud de las políticas desarrolladas
por el estado a lo largo de los últimos ciento cincuenta años.
Lo anterior deja en evidencia la necesidad de avanzar
en la definición del espacio territorial reclamado, ya sea que
este incluya las tierras y recursos considerados por los mapuche como
usurpados, o aquellos que resulten claves para reforzar una territorialidad
desarticulada, o los que resulten necesarios para la sustentación
material y cultural de los mapuche como pueblo. También parece
fundamental la elaboración de propuestas en relación a
la futura forma de utilización de dichas tierras y recursos,
de modo de asegurar en ellas un desarrollo cultural y ambientalmente
sostenible, y que su traspaso no genere, como ha sucedido en los últimos
años en un contexto de depresión de la agricultura tradicional,
nuevas formas de dependencia con el estado.
En segundo lugar, no obstante la importancia que han
adquirido en el movimiento mapuche las demandas por el ejercicio de
derechos colectivos de carácter político en los espacios
territoriales en que viven sus comunidades, son muy pocos los avances
que se han podido lograr en este contenido inmaterial de la territorialidad
indígena. Es evidente que en el país existe un sistema
político y administrativo, así como una discriminación
cultural, que en nada favorece el ejercicio de estos derechos por parte
de los mapuche y otros pueblos indígenas. Los resultados del
proceso electoral municipal del año 2000, y más recientemente,
de la elección parlamentaria del 2001, dejan en evidencia que
bajo el marco jurídico constitucional actual, no hay cabida para
una representación política mapuche, ni siquiera en su
espacio territorial ancestral o en los sectores en que su población
es mayoritaria. También es efectivo que la legislación
indígena vigente deja pocas posibilidades para el ejercicio de
derechos políticos por parte de los pueblos indígenas.
Aquellas disposiciones de la ley que les reconocen derechos participatorios,
no han sido respetadas por el estado como ha quedado en evidencia en
los proyectos de inversión hoy en ejecución en territorios
indígenas. Sin embargo, también puede observarse en la
practica que la construcción de espacios de autonomía
política territorial, objetivo que forma parte del discurso de
las organizaciones mapuche hoy emergentes, no ha constituido, en general,
una prioridad en el accionar de dichas organizaciones. En efecto, el
movimiento, en su esfuerzo por recuperar el territorio material, ha
postergado muchas otras tareas, como aquellas orientada al logro de
una soberanía alimentaria y al desarrollo económico autónomo,
al fortalecimiento cultural en ámbitos tales como la salud y
la educación, la recuperación y puesta en vigencia de
Ad mapu o derecho mapuche como sistema normativo de regulación
de relaciones internas y de resolución de conflictos, que son
fundamentales para llegar a tener un cierto control sobre los espacios
territoriales hoy reivindicados.
Esta situación también contrasta con
aquella existente en otras latitudes, incluido América Latina,
donde los esfuerzos de los pueblos indígenas, además de
la protección y ampliación territorial, han estado orientados
de un modo central en los últimos años en la conquista
de derechos políticos en los territorios en que viven. Tal como
señala Iturralde , antropólogo ecuatoriano, en un reciente
análisis sobre las demandas territoriales indígenas en
la región:
...los movimientos indígenas vuelven a plantear
la reivindicación del territorio, cada vez con un énfasis
más claro en el sentido político y simbólico que
este ha tenido o ha adquirido para su cultura. Tal como se puede apreciar
en las demandas y movilizaciones recientes de los pueblos indígenas
de Bolivia, Chile, Ecuador y México entre otros, sus plataformas
incluyen el tema territorial como un elemento de la demanda de autonomía,
de la misma manera que incluyen temas relacionados con el ejercicio
de la autoridad propia, la supremacía de los usos y costumbres
locales sobre las leyes nacionales y la posibilidad de resolver sus
asuntos conforme a sus propios sistemas de administración de
justicia. (Iturralde, 2001)
La experiencia de los pueblos indígenas en países
tales como Colombia, Nicaragua, Panamá y México, sin mencionar
países como Canadá y Groenlandia (Dinamarca), donde estos
ejercen grados crecientes de autonomía en diferentes ámbitos
( político, cultural , económico, jurídico, etc)
sin duda puede servir para la reflexión de las organizaciones
mapuche en sus esfuerzos por lograr la territorialidad que hoy exigen
del estado chileno. La definición del tipo de derechos políticos
a ser ejercidos por los mapuche en sus actuales espacios territoriales,
teniendo en cuenta sus características demográficas actuales,
constituye uno de los desafíos importantes a ser abordado por
sus organizaciones.
Para el estado los desafíos hoy que se presentan
en su relación con los pueblos indígenas, y con el pueblo
mapuche en particular, no son menores. Por de pronto aparece como urgente
la redefinición de la política de tierras indígenas
por este aplicada hasta la fecha. Las autoridades deben en primer termino
resolver la evidente contradicción que significa el desarrollo
de una política orientada a hacer posible la ampliación
de las tierras mapuche y en forma paralela avalar y/o promover proyectos
de inversión privados o públicos que vulneran la protección
que la ley ha otorgado a dichas tierras. En relación a los conflictos
creados por estos proyectos, el desafió consiste no tan solo
en hacer llamamientos al dialogo, sino también en generar las
condiciones e impulsar las instancias para que ese dialogo sea posible,
al menos en las situaciones de conflicto más apremiantes. En
la caso de la central Ralco, por ejemplo, porque no aceptar la suspensión
del proyecto, hasta que las partes involucradas resuelvan los temas
económico- sociales, ambientales y culturales de desencuentro.
En el caso de los proyectos forestales, por que no crear instancias
integradas por empresas forestales, comunidades mapuche y autoridades
de gobierno central y regional que puedan dialogar sobre los derechos
de las partes involucradas, las formas de resolución de las demandas
territoriales mapuche, las modalidades de participación de las
comunidades en los beneficios la actividad forestal.
Por otro lado, más que seguir a la zaga de una
estrategia que es definida por el movimiento mapuche con sus recuperaciones
de tierra, como actualmente ocurre, prometiendo la adquisición
o transferencia de tierras a mapuche sin saber para que y sin contar
con los recursos que le permitan apoyar la permanencia de las comunidades
beneficiarias en las tierras que le son asignadas, el estado debe elaborar
una política de tierras que identifique objetivos a alcanzar
en el mediano y largo plazo, e impulsar acciones de corto plazo que
sean consistentes con tales objetivos. El diseño de tal política
supone, sin embargo, la creación de instancias de trabajo conjunto
con las organizaciones territoriales mapuche, a fin de determinar las
tierras, así como los recursos naturales que hay en ellas, cuya
propiedad debe ser traspasada a los mapuche, así como los recursos
financieros que se requieren para ello .
No obstante las complejidades antes subrayadas, el
mayor desafió para el estado chileno, sin embargo, no esta su
capacidad de respuesta a las demandas de tierra de los mapuche, sino
más bien en su capacidad para comprender y aceptar los componentes
inmateriales de la demanda territorial mapuche, demanda que como vimos,
esta asociada a la creación de espacios o instancias que permitan
la participación y/o control de sus comunidades, dependiendo
de las condiciones, en la gestión de los procesos políticos,
económicos , culturales que en ellos ocurran. Dicha demanda obliga,
al igual que como ha ocurrido en otras partes de América Latina
y del mundo, a introducir importantes transformaciones jurídicas
y políticas con el objeto de dar cabida a la territorialidad
indígena hasta ahora negada. Se trata de una demanda difícil
de asumir para un estado como el chileno, cuya tradición centralista
ha obstaculizado a lo largo de su historia la descentralización
territorial del poder, y cuya tradición cultural, al menos la
de sus elites, le ha impedido aceptar la diversidad étnico-cultural
existente en su interior. Tal tradición explica porque Chile,
ha diferencia de la mayor parte de los países de América
Latina, se mantiene sin reconocer el carácter multietnico y multicultural
de la sociedad, y se opone a la ratificación del Convenio 169
de la OIT. La misma tradición explica el rechazo a iniciativas
como la presentada en 1999 al Congreso Nacional por el Diputado Francisco
Huenchumilla intentando el reconocimiento de los derechos políticos
indígenas a través de la creación de un parlamento
indígena y de la representación proporcional indígena
de acuerdo a su población en el Congreso Nacional, en los concejos
regionales y en los gobiernos comunales.
Finalmente, para los empresarios agrícolas y
forestales presentes en el territorio mapuche, los desafíos dicen
relación con la revisión de las posturas que hasta ahora
han sostenido frente a este conflicto de larga data. No basta con esgrimir
títulos de propiedad a sabiendas que tales títulos se
constituyeron en base a una historia de despojo de los mapuche. No basta
con argumentar el respeto al estado de derecho cuando los chilenos no
hemos respetado a los mapuche en sus derechos más esenciales.
Si son consecuentes con su postura en favor de la globalización,
deben observar a sus pares en otras latitudes y aprender de ellos que,
por razones éticas y también económicas, se han
abierto a nuevas formas de relación con pueblos indígenas
pasando de la confrontación a la colaboración.
La creación de la Comisión Verdad Histórica
y Nuevo Trato por el gobierno a comienzos del 2001 parece una iniciativa
importante para abordar las demandas de tierra y territorio de los mapuche
aquí analizadas. Su trabajo, en la medida en que considere la
perspectiva mapuche, puede ayudar a iluminar el camino a seguir hacia
el futuro para dar respuesta a los numerosos desafíos que tales
demandas plantean, contribuyendo además a definir las bases sobre
las cuales se debe cimentar una nueva relación entre los pueblos
indígenas y el estado. Sin embargo, ni el gobierno, ni las organizaciones
mapuche, ni los sectores empresariales presentes en el espacio territorial
mapuche, pueden esperar a que dicha Comisión concluya su trabajo
para asumir los desafíos que aquí se han identificado.
Si no lo hacen en forma urgente, es muy posible que la situación
de conflictividad hoy existente en el sur del país siga en aumento,
con un costo social, en particular para los mapuche, enorme.
La Criminalización del “problema Mapuche”.
La vulneración de los derechos del pueblo mapuche
y el desarrollo de sus procesos reflexivos y de organización
han conformado un movimiento social, tal vez, el único movimiento
de esta naturaleza en la sociedad neoliberal avanzada, cuyas demandas
trascienden lo meramente económico o subsistencia. Es decir,
la demanda no es sólo por tierra sino que tiene características
autonómicas:
Desde los años ochenta, el movimiento mapuche
plantea un cambio en la discusión de sus derechos, en cuanto
a presentar estrategias que privilegian la autonomía política
como meta política. De la reivindicación por tierras (que
pudiera responderse mediante la compra de terrenos para indígenas
y su protección jurídica), se pasa a una demanda por territorios;
de una participación en el Estado, hacia una que se centra en
la autonomía.
Esta nueva demanda de los mapuche implica una nueva
forma de relación con el Estado nacional que, por cierto, niega
de manera rotunda y categórica dicha posibilidad de autonomía.
Este cambio ayuda a comprender el cuestionamiento que el msm hace hoy
de la participación indígena en la CONADI, espacio que
en última instancia responde al gobierno, y no a los indígenas
que integran su consejo nacional, como ha quedado demostrado en los
últimos años.
El principal problema que tiene la CONADI es su dualidad
de representación, tanto del gobierno del estado nacional y por
otro, de los indígenas. Esta estructura dual fue útil
hasta el momento que msm paso de la demanda de participación
a la autonómica. Por esa razón, la respuesta del Estado
a esas demandas ha variado en sus énfasis, pero no en su forma
y contenido. En general, los gobiernos concertacionistas han respondido
con la violencia directa, aplicando la Ley de Seguridad Interior del
Estado o recurriendo a legislación de la época de la dictadura
militar, como lo es la Ley anti-terrorista, para enfrentar las movilizaciones,
las ocupaciones de predios, las manifestaciones callejeras y cualquier
otra expresión concreta de las reivindicaciones del pueblo mapuche.
También dependiendo del gobierno y del contexto social y político,
se han diseñado estrategias de acercamiento a algunos sectores
mapuche con el objetivo explicito de aislar a aquellas organizaciones
mapuche agenciadotas de políticas autonómicas.
El gobierno del Estado Chile ha intentado por un lado,
cooptar a sectores del msm y por otro reprimir a sectores autonomistas.
En este contexto, el énfasis en el análisis del tema de
los derechos humanos y de su violación por parte del gobierno
democrático debe claramente concentrarse en la aplicación
de la ley antiterrorista y la persecución sistemática
a todos aquellos que, de acuerdo al Estado, infringen la Ley y atentan
contra la seguridad e integridad del Estado de Derecho. En este sentido,
ha existido una clara estrategia de criminalización y judicialización
del problema maupuche. En otras palabras, el Estado, por una parte,
trata de reducir “la cuestión mapuche” al tema económico
y subsistencia obviando el tema de los derechos colectivos como pueblo.
O sea, ignora la dimensión política. Y, por otro, criminaliza
y judicializa el problema al sobredimensionar las acciones de reivindicación
del msm, recurriendo a la policía y al uso desproporcionado de
la fuerza, usando a los medios de comunicación para estigmatizar
y descalificar a los mapuche como terroristas y delincuentes y, finalmente,
radicar el tema en los tribunales.
Las diversas causas judiciales que se acometidas por
el Estado contra distintos comuneros y dirigentes mapuche han puesto
en cuestionamiento la existencia de una política democrática
basada en el respeto de los derechos humanos hacia el msm. Fundamentalmente,
esta situación se explica, esencialmente porel hecho que los
gobiernos concertacionistas, el parlamento y los principales actores
políticos han asumido una posición frente a la cuestión
mapuche basad en la idea de la “seguridad pública”.
De hecho, en el año 2003 la Comisión de Constitución.
Legislación y Justicia del Senado realizó un debate entorno
al conflicto mapuche y elaboro un informe donde se refrenda “c
la vigencia del principio de la seguridad jurídica, en las regiones
del Bio Bio y La Araucanía, como elemento esencial para la protección
de los derechos fundamentales asegurados por el Constitución
Política, que el Estado debe garantizar a todos los ciudadanos”.
Además, la Cámara de Diputados realizó en junio
2002 una sesión especial para tratar el tema, solicitando la
presencia del Ministro del Interior. En el debate se dijo que el “terrorismo
se expande en sectores rurales de la Novena Región y en la parte
sur de la Octava región” producto de la infiltración
o de la instrumentalización de los mapuche por grupos radicalizados.
La criminalización del problema mapuche ha significado
que en la actualidad existen “solo en la región de la Araucanía
cerca de 300 mapuche que han sido acusados ante la justicia a contar
del año 2000 por acciones vinculadas a los conflictos por tierra
que involucran a sus comunidades. De estos al menos un 10% han sido
acusados de cometer delitos terroristas en base a la legislación
que data de los tiempos de la dictadura, que ha sido cuestionada desde
la perspectiva de los derechos humanos por cuanto permite el uso de
testigos sin rostro que debilitan el derecho a la defensa, posibilita
largos períodos de prisión preventiva, y establece condenas
que duplican las del Código Penal. La existencia de un régimen
político democrático en Chile, el Estado, en su forma
nacional-neoliberal, es la mejor garantía para las clases propietarias
para la mantención el orden capitalista, centralidad del Estado
y de la nación unitaria.
Por esa razón, el conflicto mapuche o la cuestión
mapuche seguirá siendo uno de los temas políticos, históricos
y culturales no resueltos en la sociedad chilena. Y, tal vez, en la
medida que vaya estableciendo alianzas con otros grupos de la sociedad
que resisten y se oponen al orden neoliberal, podrán ser fuentes
de origen de una crisis de gobernabilidad que afecte tanto al régimen
político como al Estado. Situación que hoy no se ha producido.
Dr. en Ciencia Política-Historiador
UARCIS-ELAP/PROSPA